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Barahona del Val Abogados: "Antes de nombrar una marca es importante conocer las prohibiciones absolutas y relativas en el registro"

A menudo es posible ver como numerosas marcas registran solicitudes totalmente opuestas a loa legalidad. Esto conlleva la oposición a su registro y el pago innecesario de unas tasas de registro que se perderán

Son muchos los motivos por los cuales una persona puede equivocarse a la hora de registrar de forma incorrecta una marca. Sin embargo, el motivo más habitual suelen ser el desconocimiento o el mal asesoramiento legal. Hay algunas prohibiciones a tener en cuenta para un registro de marca exitoso, en el que la empresa no pierda el dinero de las tasas que previamente ha pagado. Cuando una persona registra de forma incorrecta una marca la Oficina Española de Patentes y Marcas no devuelve ese dinero. La normativa (tanto europea como española) tiene unas reglas muy estrictas a la hora de registrar marcas. Esta legislación puede ser algo relativa en ocasiones, pero la mayoría de las leyes son de carácter absoluto y de cumplimiento obligatorio.

Las prohibiciones absolutas son aquellas que tienen en cuenta la marca en sí y el interés general. Normalmente estas leyes impiden registrar una marca que no se diferencia de las demás. En cuanto a las prohibiciones relativas, estas tienen en cuenta los derechos de terceros. Barahona del Val Abogados, un despacho de abogados de Madrid, en el que la honestidad, lealtad, la integridad y la independencia son valores sobre los que se cimenta, explica algunas nociones básicas que los empresarios deben tener en cuenta a la hora de registrar su marca. Barahona del Val está compuesto por grandes profesionales con una vocación inigualable y especializados en el asesoramiento a empresas, además de muchas otras áreas de actuación.

“La marca que registramos debe ser una que, en primer lugar, tenga un alto carácter distintivo. Es decir, todos los signos que contenga una marca a registrar puedan distinguir los productos y servicios que ofrece una empresa de los productos y servicios de otras. Una marca sirve para distinguir una empresa de otra, por lo que, no debería contener signos demasiado simples, pero tampoco demasiado complejos” explica Barahona del Val Abogados. Así mismo Barahona explica que la marca no debería tener ninguna indicación de especie, calidad, cantidad, valor, ubicación, etc.

Esta prohibición tiene como objetivo evitar que las marcas creen un monopolio a raíz del nombre de su empresa con la utilización de denominaciones, procedencias geográficas, etc. Si el signo o nombre que se quiere registrar es demasiado utilizado tampoco vale. Sin embargo, si al lado de estas palabras se añade algún otro nombre distintivo, sí que podría registrarse. Los signos oficiales protegidos tampoco se pueden utilizar para registrar una marca. Estos pueden ser escudos, banderas o cualquier nombre de organización estatal. Lo más recomendable a la hora de registrar una marca y acertar es contar con la ayuda de profesionales como Barahona del Val Abogados.

Fuente Comunicae